Legislación General

Ley Nº 4508

Compartir en:

Establece requisitos y condiciones para otorgar reconocimientos a personalidades fallecidas y distinciones de Visitante Distinguido, Huésped de Honor, Ciudadano Ilustre, Personalidad Destacada y Premio al Mérito a toda persona o grupos que se han destacado en la provincia en estudio, profesión, oficio, actividades comunitarias, culturales y deportivas, entre otras. Crea una Comisión Específica para evaluar oportunamente el reconocimiento o la distinción.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 22-12-2009 Promulgada el 26-01-2010 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 11-02-2010 Pág.25;

Entrada en vigencia el 19-02-2010

Autor/es: GARCIA María Inés

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 618/2009

Norma Consolidada: Ley Provincial A Nº4508

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4915 - Modifica Artículo - Desde el 17-12-2013

Descripción: Modfifica Art. 8º

Ley Nº 5143 - Observación - Desde el 14-10-2016

Descripción: Mención.

Ley Nº 5303 - Observación - Desde el 18-09-2018

Descripción: Reconoce, en le marco del artículo 9 de la ley 4508

Ley Nº 5330 - Observación - Desde el 07-12-2018

Descripción: Declara ciudadano ilustes, en el marco de lo establecido en el artículo 6 al escritor Elías Chucair

Ley Nº 5460 - Observación - Desde el 08-09-2020

Descripción: Menciona artículo 6

Ley Nº 5470 - Observación - Desde el 21-10-2020

Descripción: mención.

Ley Nº 5562 - Observación - Desde el 20-05-2022

Descripción: Mención

Ley Nº 5711 - Modifica Artículo - Desde el 29-03-2024

Descripción: Modifica artículo 3º e incorpora artículos 9º, 10º y 11º.