Legislación General

Ley Nº 4512

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Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la venta, expendio o suministro a menores de dieciocho -18- años de edad de naftas fraccionadas en cualquier tipo de recipiente.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 25-03-2010 Promulgada el 15-04-2010 por Decreto Nº 207/2010

Publicado en el Boletín Oficial del 22-04-2010 Pág.2;

Entrada en vigencia el 30-04-2010

Autor/es: MAZA María Inés Andrea

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 389/2009

Norma Consolidada: Ley Provincial S Nº4512