Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la venta, expendio o suministro a menores de dieciocho -18- años de edad de naftas fraccionadas en cualquier tipo de recipiente.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 25-03-2010 Promulgada el 15-04-2010 por Decreto Nº 207/2010
Publicado en el Boletín Oficial del 22-04-2010 Pág.2;
Entrada en vigencia el 30-04-2010
Autor/es: MAZA María Inés Andrea
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 389/2009
Norma Consolidada: Ley Provincial S Nº4512