Se prohibe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la venta, expendio, suministro, depósito, exhibición o entrega a cualquier título de pegamentos o similares que en su composición química contengan tolueno. Se exceptúan los locales comerciales habilitados por autoridad competente y deben exhibir un cartel con la leyenda de prohibición de venta a menores de dieciocho -18- años de edad.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 03-06-2010 Promulgada el 06-07-2010 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 12-07-2010 Pág.2;
Entrada en vigencia el 20-07-2010
Autor/es: MAZA María Inés Andrea
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 262/2009
Norma Consolidada: Ley Provincial R Nº4551
Ley Nº 2270 - Observación - Desde el 20-07-2010
Descripción: Subroga texto ley R nº 2270