El Estado provincial, las empresas públicas y privadas de servicios públicos y toda otra empresa que emita facturas con una periodicidad mínima mensual, deberán hacerlo en Sistema Braille gratuitamente, a requerimiento del usuario o consumidor no vidente.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 29-07-2010 Promulgada el 30-08-2010 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 02-09-2010 Pág.2;
Entrada en vigencia el 10-09-2010
Autor/es: HANECK Irma - VAZQUEZ Manuel Alberto
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 543/2009
Norma Consolidada: Ley Provincial D Nº4570