Incorpora a la ley J nº 2902 el artículo 50 bis, por el cual se faculta al Ente Provincial Regulador de la Electricidad a incluir en el recálculo tarifario estacional trimestral de las distribuidoras eléctricas provinciales, las variaciones del costo laboral que surjan de la modificación de la escala salarial acordada por signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo de la Actividad.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 16-12-2010 Promulgada el 28-12-2010 por Decreto Nº 1227/2010
Publicado en el Boletín Oficial del 10-01-2011 Pág.188;
Entrada en vigencia el 18-01-2011
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 1298/2010
Norma Consolidada: Ley Provincial J Nº4617
Ley Nº 2902 - Incorpora Artículo - Desde el 18-01-2011
Descripción: Incorpora Art. 50º bis.
Decreto Ley Nº 7/1995 - Firmado el 05-10-1995 - Incorpora Artículo - Desde el 18-01-2011
Descripción: Incorpora Art. 50º bis.