Legislación General

Ley Nº 4780

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Establece quiénes no podrán ejercer funciones de responsabilidad, asesoramiento o cargo público, de conformidad a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7º de la Constitución Provincial, sin perjuicio de otras prohibiciones e inhabilidades. Modifica los artículos 1º y 83 de la ley O nº 2431 -Código Electoral y de Partidos Políticos-.

Carácter de la Norma: MODIFICATORIO Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 13-07-2012 Promulgada el 23-07-2012 por Decreto Nº 921/2012

Publicado en el Boletín Oficial del 26-07-2012 Pág.3;

Entrada en vigencia el 03-08-2012

Autor/es: HORNE Silvia Reneé

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 110/2012

Norma Consolidada: Ley Provincial B Nº4780

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 2431 - Modifica Artículo - Desde el 03-08-2012

Descripción: Modifica Art. 1º, 83º y 147º.