Disponer que las sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas donde el Estado provincial tengan participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisioines societarias, incluidas en la Ley Nº 3186 como parte integrante del sector público provincial, deberán requerir exresa autorización al Sr. Ministro de Economía o a quien éste designe.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 07-02-2013
Publicado en el Boletín Oficial del 25-02-2013 Pág.3;
Entrada en vigencia el 05-03-2013
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Ley Nº 3186 - Observación - Desde el 21-03-2013
Descripción: Las sociedades del Estado, Sociedades Anóminas y empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria, éstas deberan solicitar autorizaicón al Ministro o a quien éste desgne para la incorporación de personal, renovación de contratos y/o cubrir vacantes.