Las instituciones de salud, tanto públicas como privadas, consultorios de atención médica y otros, están obligados a exhibir un cartel con el siguiente texto: "La Historia Clínica es propiedad del paciente. Los pacientes tienen derecho a recibir copia autenticada de su Historia Clínica, en forma gratuita y dentro de las 48 horas de solicitada la misma. Artículo 14, ley R nº 4692".
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 01-07-2016 Promulgada el 13-07-2016 por Decreto Nº 1048/2016
Publicado en el Boletín Oficial del 25-07-2016 Pág.1;
Entrada en vigencia el 02-08-2016
Autor/es: MENDIOROZ Bautista José - MILESI Marta Silvia - AGOSTINO Daniela Beatriz - URIA Cristina Liliana
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 108/2015
Norma Consolidada: Ley Provincial R Nº5130