Aplicar a partir de la fecha del presente Decreto en el ámbito de la Administración Central, Organismos descentralizados, Entes Autáquicos, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empesas donde el Estado tenga participacíon mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, y demás Entes del Poder Ejecutivo Provincial las siguientes restricciones.
Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 26-01-2017
Publicado en el Boletín Oficial del 02-02-2017 Pág.1;
Entrada en vigencia el 10-02-2017
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 122/2017 - Firmado el 09-02-2017 - Excepción Artículo - Desde el 31-03-2017
Descripción: otorga excepciones en los incisos 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, y 13 del mencionado artículo.-
Decreto Nº 1976/2017 - Firmado el 22-12-2017 - Observación - Desde el 19-01-2018
Descripción: Art. 1º inc. 1º.