Establece normas en lo que hace a imformaciones o referencias periodísticas que lesionen la reputación, honra, vida privada o familiar de las personas o entidades. Derecho a réplica.
Fecha de Inicio de Expediente: 26-09-1984
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: DE LA CANAL Oscar Edmundo - Y OTROS
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 03-10-1984 | 17-12-1985 | Favorable |
- El 20-02-1986 Sanción Sesión Ordinaria del 20-02-1986 a las 10:05
- El 05-03-1986 Promulgación Ley Nº 2064 (Promulgación De Hecho) Publicada el 13-03-1986