Establece el beneficio de gratuidad para actuaciones administrativas y judiciales a empleados publicos y privados. -Art. 40 inc. 13 de la Constitucion Provincial-.-
Fecha de Inicio de Expediente: 23-06-1993
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: FRANCO Jorge Alberto Jose - Y OTROS
As.Of./Par. Particular Nº 1327/1993 PRESIDENTE COLEGIO DE ABOGADOS DE VIEDMA- DR. JORGE ALBERTO BUSTAMANTE- Remite nota solicitando opinion sobre la reglamentacion del articulo 40 inciso 13 de la Constitucion Provincial.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 01-07-1993 | 12-05-1994 | Rechazado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 12-05-1994 | 01-03-1995 | Otro |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 01-03-1995 | 01-03-1995 |
- El 01-03-1995 Caducidad Sesión Ordinaria del 01-03-1995 a las 15:27