Exime del pago del impuesto sobre los ingresos brutos, a los productores-artesanos, asi como a sus asociaciones u organismos en la provincia.
Fecha de Inicio de Expediente: 20-07-1994
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: CAPANO Nestor - Y OTROS
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 22-07-1994 | 17-08-1994 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 17-08-1994 | 06-12-1994 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 06-12-1994 | 19-12-1994 | Modificado |
- El 18-08-1994 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 18-08-1994 a las 10:17
- El 03-04-1995 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 4/1995 Sesión Ordinaria del 03-04-1995 a las 10:40
- El 30-06-1995 Sanción Sesión Ordinaria del 30-06-1995 a las 11:00
- El 11-07-1995 Promulgación Ley Nº 2891 por Decreto Nº880/1995 Publicada el 27-07-1995