Prohibe en el territorio provincial la venta, expendido o suministro de bebidas alcoholicas a menores de dieciocho -18- años.
Fecha de Inicio de Expediente: 15-01-1996
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: DIEZ Digno
Proyecto Ley Nº 160/1996 Declara de interes provincial la prevencion, control y tratamiento del uso indebido del alcohol.
As.Of./Par. Oficial Nº 1095/1996 PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE -GENERAL CONESA- Expresa necesidad de legislacion referida a la prohibicion en toda la provincia de la venta, expendio o suministro de bebidas alcoholicas a menores de 18 años de edad.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 24-01-1996 | 06-03-1996 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 06-03-1996 | 07-04-1997 | Dividido |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 07-04-1997 | 01-03-1998 | Otro |
- El 20-03-1997 Moc.Preferencia Aceptado Sesión Ordinaria del 20-03-1997 a las 17:30
- El 01-03-1998 Caducidad Sesión Ordinaria del 01-03-1998 a las 09:35