Al Poder Ejecutivo -Ministerio de Hacienda-, en virtud de lo dispuesto por el articulo 26 de la ley nro. 3073, si se han previstos los fondos para el pago de acreencias de sentencias judiciales firmes.
Fecha de Inicio de Expediente: 01-04-1997
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Tratado
Autor/es: LARREGUY Carlos Alberto - Y OTROS
- El 20-03-1998 Contesta P.Inf. Expediente: As.Of./Par. Oficial Nº 1094/1998