Prohibe por el termino de diez -10- años la reventa de tierras de la zona de la cordillera y precordillera de nuestra provincia.
Fecha de Inicio de Expediente: 09-04-1999
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: BARROS Roberto
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 15-04-1999 | 02-02-2000 | Al Archivo |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 02-02-2000 | 09-08-2000 | Dividido |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 09-08-2000 | 06-09-2000 | Al Archivo |
- El 27-04-1999 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 27-04-1999 a las 10:15
- El 15-03-2001 Caducidad Sesión Ordinaria del 15-03-2001 a las 09:00