A las entidades receptoras de dinero y/o documentación de dominio público o privado, impongan la obligatoriedad de que la firma o rúbrica de sus cajeros o personal afectado a la atención de mostrador, quede estampada sobre el sello de la institución.
Fecha de Inicio de Expediente: 06-07-2000
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: CORVALAN Edgardo
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 24-07-2000 | 01-03-2002 | Otro |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 01-03-2002 | 01-03-2002 |
- El 28-07-2000 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 28-07-2000 a las 09:20
- El 01-03-2002 Caducidad Sesión Ordinaria del 01-03-2002 a las 09:00