A los habitantes de la Provincia de Río Negro que por aplicación del artículo 7º de la ley nº 22.360 -de prevención y lucha contra la enfermedad de chagas- no puedan acceder a un régimen de empleo, se les garantizará una prestación social.
Fecha de Inicio de Expediente: 30-05-2001
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: GARCIA María Inés - DIETERLE Delia Edit - ISIDORI Amanda Mercedes
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 06-06-2001 | 28-06-2001 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 28-06-2001 | 23-07-2001 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 23-07-2001 | 24-07-2001 | Modificado |
- El 14-06-2001 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 14-06-2001 a las 09:55
- El 26-07-2001 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 39/2001 Sesión Ordinaria del 26-07-2001 a las 09:45
- El 14-08-2001 Sanción Sesión Ordinaria del 14-08-2001 a las 10:45
- El 03-09-2001 Promulgación Ley Nº 3544 por Decreto Nº1108/2001 Publicada el 20-09-2001