Decreto-Ley nº 17/01 - Dispone la obligatoriedad de recepción de las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales -LECOP- para pago de deudas, manteniendo la paridad, en todo el territorio provincial.
Fecha de Inicio de Expediente: 12-12-2001
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Proyecto Ley Nº 785/2001 Establece en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la aceptación obligatoria como medio de pago y/o cancelación de deudas con paridad uno a uno, a las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales -LECOP-.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 28-01-2002 | 06-03-2002 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 06-03-2002 | 12-03-2002 | Otro |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 12-03-2002 | 12-03-2002 |
- El 26-01-2002 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 26-01-2002
- El 12-03-2002 Promulgación Ley Nº 3617 (Promulgación De Hecho) Publicada el 11-04-2002