Enmienda Constitucional. Modifica el artículo 125 y su concordante artículo 174 de la Constitución Provincial, que establecen la duración de los mandatos de los legisladores provinciales y del gobernador y vicegobernador respectivamente.
Fecha de Inicio de Expediente: 11-07-2002
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Archivado
Autor/es: GROSVALD Guillermo José - WOOD Guillermo - CHIRONI Eduardo
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 16-07-2002 | 02-07-2003 | Al Archivo |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 02-07-2003 | 08-07-2003 | Al Archivo |
- El 02-08-2002 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 02-08-2002 a las 18:00
- El 11-09-2003 Archivo Sesión Ordinaria del 11-09-2003 a las 17:00