Sustituye los artículos 7º y 8º de la ley nº 3628,emergencia educativa.
Fecha de Inicio de Expediente: 16-07-2002
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: PODER EJECUTIVO
As.Of./Par. Particular Nº 1420/2002 UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DE RIO NEGRO -Un.T.E.R.-. Envía nota solicitando que el proyecto de ley nº 440/2002 que sustituye los artículos 7º y 8º de la ley nº 3628, de emergencia educativa, no sea tratado en la próxima sesión.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 06-08-2002 | 25-03-2004 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 25-03-2004 | 25-03-2004 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 25-03-2004 | 25-03-2004 |
- El 02-08-2002 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 02-08-2002 a las 18:00
- El 02-08-2002 Moc.S.Tablas Aceptado Sesión Ordinaria del 02-08-2002 a las 18:00
- El 25-03-2004 Caducidad Sesión Ordinaria del 25-03-2004 a las 10:00