Queda prohibido en el ámbito de la Provincia de Río Negro recetar medicamentos cualquiera sea su marca o identificación comercial y es obligatorio que todas las farmacias y/o droguerías que expiden medicamentos indiquen las distintas opciones comercial
Fecha de Inicio de Expediente: 21-02-2002
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 520/2001 Incorpora inciso o- del artículo 27 de la ley nº 3338 -Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo.
Autor/es: MASSACCESI Olga Ena - MEDVEDEV Roberto Jorge - CHIRONI Eduardo - GRANDOSO Máximo Fernando - MEDINA Víctor Hugo - CHIRONI Fernando Gustavo
- El 01-03-2002 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 01-03-2002 a las 09:00