Todo empleador de la Provincia de Río Negro, deberá contar en su planta de personal en forma obligatoria, no menos de un discapacitado cada 50 empleados.
Fecha de Inicio de Expediente: 03-10-2003
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: CORTES Walter Enrique
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 08-10-2003 | 30-03-2005 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 30-03-2005 | 30-03-2005 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 30-03-2005 | 30-03-2005 |
- El 30-03-2005 Caducidad Sesión Ordinaria del 30-03-2005 a las 09:00