Prorroga por ciento ochenta -180- días, a partir de su vencimiento, las suspensiones de todos los plazos procesales previstos por la ley 3778 de ejecución hipotecaria.
Fecha de Inicio de Expediente: 11-06-2004
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 407/2004 En la ejecución hipotecaria sobre inmueble único de residencia permanente del grupo familiar, se otorgará una espera automática por el término de ciento -180- días y deroga la ley 3778, suspensión de ejecución hipotecaria.
Autor/es: PERALTA Carlos Gustavo
- El 24-06-2004 Moc.Preferencia Aceptado Sesión Ordinaria del 24-06-2004 a las 09:00