Condona las deudas contraídas por obligaciones fiscales devengadas con anterioridad al 31/12/1999 y exigibles al día de entrada en vigencia de la presente en concepto de impuesto inmobiliario rural y subrural a productores agropecuarios alcanzados por la ley 1857 -Comisión Provincial de emergencias agropecuarias-.
Fecha de Inicio de Expediente: 09-12-2005
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 14-12-2005 | 27-12-2005 | Favorable |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 27-12-2005 | 27-12-2005 | Favorable |
- El 13-12-2005 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 13-12-2005 a las 18:00
- El 29-12-2005 Sanción Sesión Ordinaria del 29-12-2005 a las 09:00
- El 30-12-2005 Promulgación Ley Nº 4033 por Decreto Nº1775/2005 Publicada el 09-01-2006