A partir de la vigencia de la presente ley, la firma o entidad que actúe como agente financiero de la Provincia de Río Negro, deberá iniciar las gestiones a fin de proceder a la reapertura de las oficinas de atención al público en las localidades de Valcheta, Sierra Grande, Los Menucos, Maquinchao, V.Manzano, Fernández Oro, Cervantes, Ingeniero Huergo, Chichinales, Chimpay, Luis Beltrán y Lamarque. Deberá instalar cajeros automáticos en localidades que no se preste el servicio en la actualidad.
Fecha de Inicio de Expediente: 14-12-2005
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 822/2005 Aprueba el Pliego de Licitación Pública para la contratación de una entidad bancaria como agente financiero de la Provincia de Río Negro, en los términos del artículo 92, 2do. párrafo de la Constitución Provincial. Autoriza al Poder Ejecutivo a convocar a licitación pública. Crea la Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios.
Autor/es: ODARDA María Magdalena
- El 29-12-2005 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 29-12-2005 a las 09:00