DIRECTOR NACIONAL DE REFINACION Y COMERCIALIZACION, remite nota en respuesta a la comunicación n° 121/06 de exclusión a las localidades distantes a más de cien kilómetros del paso fronterizo más cercano de la aplicación de resoluciones nacionales que establecen la obligatoriedad a cobrar un precio diferencial por el gasoil y las naftas expendidos a automóviles que posean placas identificatorias de países extranjeros.
Fecha de Inicio de Expediente: 10-11-2006
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Comunicación Nº 559/2006 Al Poder Ejecutivo Nacional, Secretaría de Energía y Secretaría de Turismo, que vería con agrado se modifique la resolución 938/06 que establece precios diferenciales a extranjeros para la compra de combustible, a fin de excluir de los alcances de la misma las localidades distantes por carretera a mas de 100 km del paso fronterizo internacional más cercano.
Autor/es: y otros
- El 28-11-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 28-11-2006 a las 18:00