Modifica el artículo 1° de la ley 1832 referido a destinar el 8% como mínimo del total ingresado del producto líquido de la explotación de los juegos de azar a Asociaciones de Bomberos Voluntarios y a la Federación que las agrupa.
Fecha de Inicio de Expediente: 27-04-2006
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 11-05-2006 | 13-03-2008 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 13-03-2008 | 13-03-2008 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2008 | 13-03-2008 |
- El 18-05-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 18-05-2006 a las 09:00
- El 13-03-2008 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2008 a las 09:00