Declara de interés social la prevención y tratamiento de la adicción a los juegos de azar o ludopatía, con carácter de política de salud pública.
Fecha de Inicio de Expediente: 02-03-2006
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 833/2005 Se debe instalar en lugares visibles de las puertas de acceso a los locales de juegos de azar, casinos, bingos, casas de tragamonedas, locales que brinden el servicio de juegos en red a través de internet en toda la provincia, carteles con la leyenda Jugar Compulsivamente es Perjudicial para la Salud.
Autor/es: CASTRO Francisco Orlando
- El 16-03-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 16-03-2006 a las 09:00