Modifica los incisos 7- y 8- del artículo 14 de la ley n° 1622 -t.o.2002--Régimen del Impuesto Inmobiliario Provincial-, que incorpora como criterio para determinar la procedencia de las eximiciones de pago del impuesto, que los ingresos mensuales de los jubilados, pensionados o discapacitados no superen el valor fijado por el INDEC para la línea de pobreza.
Fecha de Inicio de Expediente: 04-08-2006
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 08-08-2006 | 13-03-2008 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2008 | 13-03-2008 |
- El 10-08-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 10-08-2006 a las 09:00
- El 13-03-2008 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2008 a las 09:00