Modifica el artículo 1º e incorpora artículo 2º a la ley nº 3860 de ejecuciones hipotecarias, a fin de que sea de aplicación de oficio por parte de los jueces la espera automática dispuesta por esta norma, sin necesidad de requerimiento previo por parte del actor o demandado.
Fecha de Inicio de Expediente: 24-10-2006
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: ODARDA María Magdalena
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 03-11-2006 | 28-11-2006 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 28-11-2006 | 28-11-2006 |
- El 02-11-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 02-11-2006 a las 09:00
- El 02-11-2006 Moc.Preferencia Aceptado Sesión Ordinaria del 02-11-2006 a las 09:00
- El 28-11-2006 Moc.S.Tablas Aceptado Sesión Ordinaria del 28-11-2006 a las 18:00
- El 28-11-2006 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 66/2006 Sesión Ordinaria del 28-11-2006 a las 18:00
- El 21-12-2006 Sanción Sesión Ordinaria del 21-12-2006 a las 09:00
- El 29-12-2006 Promulgación Ley Nº 4160 por Decreto Nº1836/2006 Publicada el 11-01-2007