ALBERTO HORACIO RICALDONI - Se prohíbe en el ámbito de la Provincia de Río Negro la distribución y venta de pilas, baterías y micropilas descartables y su venta al público. Se promueven campañas públicas de difusión del texto de la presente. Se encomienda al INVAP y a la Universidad Nacional del Comahue la elaboración de proyectos para la fabricación de pilas ecólogicas o biopilas o recargables.
Fecha de Inicio de Expediente: 24-11-2006
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: Iniciativa Popular
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ESPECIAL ASUNTOS MUNICIPALES | 04-12-2006 | 13-03-2008 | |
PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 13-03-2008 | 13-03-2008 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 13-03-2008 | 13-03-2008 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 13-03-2008 | 13-03-2008 |
- El 28-11-2006 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 28-11-2006 a las 18:00
- El 13-03-2008 Caducidad Sesión Ordinaria del 13-03-2008 a las 09:00