La Legislatura de la Provincia de Río Negro debe traducir a la lengua mapuche, las leyes y decretos de interés específico de las comunidades indígenas de la provincia y las normas que el Consejo Asesor Indigena le solicite.
Fecha de Inicio de Expediente: 04-04-2007
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: GONZALEZ Graciela Edit - SARTOR Daniel Alberto - TORO Carlos Daniel - DIETERLE Delia Edit
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
---|---|---|---|
CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 11-04-2007 | 03-04-2009 | |
ASUNTOS SOCIALES | 03-04-2009 | 03-04-2009 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 03-04-2009 | 03-04-2009 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 03-04-2009 | 03-04-2009 |
- El 19-04-2007 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 19-04-2007 a las 08:00
- El 03-04-2009 Caducidad Sesión Ordinaria del 03-04-2009 a las 08:00