Incorpora inciso v- al artículo 20, Capítulo IV -De las Exenciones- de la ley I n° 1301 del Impuesto a los Ingresos Brutos -t.o. 1994-, incluyendo a las pequeñas y medianas empresas establecidas en el territorio de la provincia, que cuenten en su planta de personal con un mínimo del cuatro por ciento -4%- de personas con discapacidad.
Fecha de Inicio de Expediente: 18-11-2008
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: GATTI Fabián Gustavo - MANSO Beatriz - RAMIDAN Martha Gladys
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 24-11-2008 | 25-03-2010 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 25-03-2010 | 25-03-2010 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 25-03-2010 | 25-03-2010 |
- El 19-12-2008 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 19-12-2008 a las 18:00
- El 25-03-2010 Caducidad Sesión Ordinaria del 25-03-2010 a las 09:00