Modifica el artículo 46 de la ley 810 -Registro de la Propiedad Inmueble- y establece que se deberá consignar en el folio real la nacionalidad del titular o titulares dominiales, sean personas fisicas o jurídicas.
Fecha de Inicio de Expediente: 02-06-2008
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Archivado
Autor/es: BARDEGGIA Luis María - LÓPEZ Facundo Manuel
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 09-06-2008 | 03-12-2008 | Al Archivo |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 03-12-2008 | 17-12-2008 | Al Archivo |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 17-12-2008 | 17-12-2008 | Al Archivo |
- El 12-06-2008 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 12-06-2008 a las 09:00
- El 19-12-2008 Archivo Sesión Ordinaria del 19-12-2008 a las 18:00