Modifica los artículos 33 y 34 de la ley k nº 2753 del Instituto Provincial del Seguro de Salud -I.PRO.S.S- referido a que los vocales representantes de los afiliados en la Junta de Administración deben ser elegidos por el voto de los afiliados titulares y podrán ser reelectos por el mismo sistema.
Fecha de Inicio de Expediente: 16-09-2008
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: HORNE Silvia Reneé
Acompañante/s: TGMOSZKA Carlos Alberto - PERALTA Carlos Gustavo - GARCIA LARRABURU Silvina Marcela - PESATTI Pedro Oscar - TAMBURRINI Renzo - PERALTA Carlos Alberto - BETHENCOURT María Ester - SORIA Martín Ignacio - RODRIGUEZ Ademar Jorge
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 23-09-2008 | 06-10-2008 | Otro |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 25-03-2010 | 25-03-2010 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 25-03-2010 | 25-03-2010 | |
ESP. LEG. ART. 57 LEY 2753 SEGUIMIENTO DEL IPROSS | 06-10-2008 | 25-03-2010 |
- El 08-10-2008 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 08-10-2008 a las 09:00
- El 04-11-2008 Moc.Preferencia Aceptado Sesión Ordinaria del 04-11-2008 a las 09:00
- El 25-03-2010 Caducidad Sesión Ordinaria del 25-03-2010 a las 09:00