Incorpora el artículo 24 bis a la ley D nº 2817 de Defensa de los habitantes en el consumo y uso de bienes y servicios, referido a que en las facturas emitidas por las empresas prestadoras de servicios públicos se debe expresar, según el caso, la leyenda "Registra Deudas" o "no Registra Deudas".
Fecha de Inicio de Expediente: 02-10-2008
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: BARDEGGIA Luis María
As.Of./Par. Particular Nº 1363/2008 ASOCIACIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR -DECOVI-, remite consideraciones al proyecto de ley nº 834/08, referido a que en las facturas emitidas por las empresas prestadoras de servicios públicos se debe expresar, según el caso, la leyenda Registra Deudas o No Registra Deudas.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ESP. APROV. INT. DE REC. HIDRICOS, REC.ENRG.Y SER. | 09-10-2008 | 12-05-2009 | Modificado |
ASUNTOS SOCIALES | 12-05-2009 | 25-03-2010 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 25-03-2010 | 25-03-2010 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 25-03-2010 | 25-03-2010 |
- El 08-10-2008 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 08-10-2008 a las 09:00
- El 25-03-2010 Caducidad Sesión Ordinaria del 25-03-2010 a las 09:00