DIRECTORA DE PROGRAMAS DE GOBIERNO SUBSECRETARIA GENERAL, PRESIDENCIA DE LA NACION, acusa recibo de la comunicación nº 177/09 referida a que vería con agrado instrumente en forma inmediata la exención de pago del Impuesto a las ganancias y los bienes personales a los productores cuyos establecimientos agropecuarios se encuentren en la zona de desastre establecida por la ley nacional nº 26502.
Fecha de Inicio de Expediente: 30-11-2009
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Comunicación Nº 1002/2009 Al Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, que vería con agrado instrumente en forma inmediata la exención de pago del impuesto a las ganancias y a los bienes personales a los productores cuyos establecimientos agropecuarios se encuentren en la zona de desastre establecida por la ley nacional nº 26.502.
Autor/es: y otros
- El 22-12-2009 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 22-12-2009 a las 14:30