Incorpora artículo 7º bis a la ley R nº 3772 de Asistencia Integral a las Personas Celíacas, estableciendo que la asignación por hijo para empleados públicos provinciales con hijos celíacos, será equivalente a la que se percibe por hijo con discapacidad que determina la ANSES.
Fecha de Inicio de Expediente: 15-12-2009
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: CONTRERAS Beatriz del Carmen
Acompañante/s: GARCIA LARRABURU Silvina Marcela - ODARDA María Magdalena
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 21-12-2009 | 17-03-2011 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 17-03-2011 | 17-03-2011 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 17-03-2011 | 17-03-2011 |
- El 22-12-2009 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 22-12-2009 a las 14:30
- El 17-03-2011 Caducidad Sesión Ordinaria del 17-03-2011 a las 10:00