Autoriza en los establecimientos educativos de la provincia el uso de teléfonos celulares u otros dispositivos móviles por parte de los alumnos y docentes durante recreos, horas libres y momentos de ingreso o egreso de la institución educativa, debiendo mantenerlos apagados durante el dictado de clases.
Fecha de Inicio de Expediente: 29-03-2010
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Aprobado
Autor/es: RAMIDAN Martha Gladys - GATTI Fabián Gustavo - MANSO Beatriz
As.Of./Par. Oficial Nº 1455/2010 SUBSECRETARIA DE EDUCACION, MINISTERIO DE EDUCACION, remite respuesta a la comunicación nº 72/2010 referida a la autorización en los establecimientos educativos de la provincia del uso de teléfonos celulares u otros dispositivos móviles por parte de los alumnos y docentes durante recreos, horas libres y momentos de ingreso o egreso de la institución educativa, debiendo mantenerlos apagados durante el dictado de clases.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 06-04-2010 | 12-05-2010 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 12-05-2010 | 01-06-2010 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 01-06-2010 | 01-06-2010 | Modificado |
- El 08-04-2010 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 08-04-2010 a las 09:00
- El 03-06-2010 Aprobación Comunicación 72/2010 Sesión Ordinaria del 03-06-2010 a las 09:00