Establece que los profesionales escalafonados que se desempeñen en servicios hospitalarios y que la reglamentación determine como "Servicio Social" gozarán, cualquiera sea su antigüedad, además de las que correspondan por disposición vigente, de una licencia especial adicional anual de catorce -14- días corridos de duración.
Fecha de Inicio de Expediente: 06-04-2010
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: CONTRERAS Beatriz del Carmen
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 09-04-2010 | 08-03-2012 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 08-03-2012 | 08-03-2012 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 08-03-2012 | 08-03-2012 |
- El 08-04-2010 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 08-04-2010 a las 09:00
- El 08-03-2012 Caducidad Sesión Ordinaria del 08-03-2012 a las 09:00