Establece que toda gestión de cobro de servidumbres y daños derivados de la actividad hidrocarburífera en tierras fiscales de la provincia, para la generación de proyectos de desarrollo productivo en áreas rurales y para el desarrollo de un programa de regularización de tierras fiscales, será acordada por el superficiario y/o por los actuales ocupantes en los términos de la ley nacional nº 17319 y sus modificatorias, sin la intervención de intermediarios.
Fecha de Inicio de Expediente: 24-02-2011
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: GATTI Fabián Gustavo - CASADEI Adrián Jorge
Acompañante/s: TORRES Adrián - MANSO Beatriz - RAMIDAN Martha Gladys
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 09-03-2011 | 11-10-2011 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 11-10-2011 | 11-10-2011 | Favorable |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 11-10-2011 | 11-10-2011 | Favorable |
- El 17-03-2011 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 17-03-2011 a las 10:00
- El 13-10-2011 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 56/2011 Sesión Ordinaria del 13-10-2011 a las 09:00
- El 12-04-2013 Caducidad Sesión Ordinaria del 12-04-2013 a las 09:00