DIRECTORA DE PROGRAMAS DE GOBIERNO, SUBSECRETARIA GENERAL, PRESIDENCIA DE LA NACION, remite respuesta a la comunicación 106/2011, referida al diferimiento del pago del impuesto a la ganancia mínima presunta, a los bienes personales, monotributo y autónomos para los sectores agropecuario, turístico, hotelería, gastronomía, comercio e industria hasta el 31/12/2011 y se los exima del pago en los casos en que se produzca una disminución de la producción o ingresos superior al 60% del habitual.
Fecha de Inicio de Expediente: 03-05-2012
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Comunicación Nº 520/2011 Al Poder Ejecutivo Nacional, que vería con agrado que se disponga el diferimiento del pago del impuesto a la ganancia mínima presunta, impuesto a los bienes personales, monotributo y autónomos para los sectores agropecuario, turístico, hotelería, gastronomía, comercio e industria hasta el 31 de diciembre de 2011 y se los exima del pago en los casos en que se produzca una disminución de la producción o ingresos superior al sesenta por ciento -60%- del habitual.
Autor/es: y otros
- El 11-05-2012 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 11-05-2012 a las 09:00