Crea el Colegio Rionegrino de Graduados en Nutrición, que comprenderá a los profesionales dietistas, nutricionista-dietistas, licenciados en nutrición y todo otro título profesional que requiera los conocimientos y formación académica de los mencionados. Modifica el artículo 1º y deroga los artículos 2º, 3º, 10 y 11 de la ley G nº 4011 -ejercicio de la profesión del Licenciado en Nutrición-.
Fecha de Inicio de Expediente: 18-04-2012
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Promulgada
Autor/es: MARINAO Humberto Alejandro - SGRABLICH Lidia Graciela - DIEGUEZ Susana Isabel
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 20-04-2012 | 26-06-2012 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 26-06-2012 | 08-08-2012 | Modificado |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 08-08-2012 | 08-08-2012 | Modificado |
- El 26-04-2012 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 26-04-2012 a las 10:00
- El 10-08-2012 Aprob.1º Vuelta Boletín Informativo Nº 41/2012 Sesión Ordinaria del 10-08-2012 a las 09:00
- El 20-09-2012 Observación Expediente: As.Of./Par. Oficial Nº 1380/2012
- El 21-09-2012 Sanción Sesión Ordinaria del 21-09-2012 a las 09:00
- El 09-10-2012 Promulgación Ley Nº 4793 por Decreto Nº1414/2012 Publicada el 22-10-2012