Al Poder Ejecutivo, Dirección General de Comercio Interior, Defensoría del Pueblo, que vería con agrado se haga respetar y cumplir lo establecido por la ley D nº 2817, artículos 45 y 46, a todas las entidades bancarias, organismos o entidades públicas y privadas, donde se cobren impuestos provinciales y tasas de servicios públicos de diferente índole.
Fecha de Inicio de Expediente: 03-05-2012
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Aprobado
Documento Aprobado: Comunicación 19/2012
Autor/es: ODARDA María Magdalena
As.Of./Par. Oficial Nº 1232/2012 DIRECTOR DE COMERCIO INTERIOR, MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, remite respuesta a la comunicación 19/2012, referida a que se haga respetar y cumplir lo establecido por la ley D nº 2817, en sus artículos 45 y 46, a todas las entidades bancarias, organismos públicos y privados, donde se abonen impuestos provinciales.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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COM.DE FISCALIZACION SERVICIOS FINANC. BANCARIOS | 08-05-2012 | 07-06-2012 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 07-06-2012 | 07-06-2012 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 07-06-2012 | 07-06-2012 |
- El 11-05-2012 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 11-05-2012 a las 09:00
- El 05-06-2012 Urgente Trat. Aceptado
- El 07-06-2012 Aprobación Comunicación 19/2012 Sesión Ordinaria del 07-06-2012 a las 09:00