Las fábricas de indumentaria radicadas en Río Negro deben confeccionar y proveer, sus prendas y modelos, en todos los talles correspondientes a las medidas antropométricas de acuerdo a las normas IRAM 75300 y los comercios deben tener en existencia para la venta todos los talles. Incorpórase el artículo 52 bis a la ley D nº 2817 -Defensa del Consumidor-.
Fecha de Inicio de Expediente: 03-08-2012
Etapa del Expediente: Agregado
Agregado al Proyecto Ley Nº 433/2012 Las empresas industriales radicadas en Río Negro, cuya actividad sea la fabricación de indumentaria femenina, deberán confeccionar las prendas en todos los talles necesarios para cubrir las medidas antropométricas de la mujer adolescente y los comercios deberán tener en existencia para la venta todos los talles.
Autor/es: AGOSTINO Daniela Beatriz - MILESI Marta Silvia - URIA Cristina Liliana
As.Of./Par. Oficial Nº 1293/2012 DELEGADO DEL INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, remite nota solicitando el impulso de una ley que garantice en el territorio provincial la fabricación, provisión y venta de indumentaria para todos los talles correspondientes a las medidas corporales establecidas en las normas IRAM.
- El 10-08-2012 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 10-08-2012 a las 09:00