Institúyese la obligación de instalar las Banderas Nacional y Provincial en los edificios públicos provinciales y municipales, establecimientos educacionales públicos y privados, hoteles, terminales de ómnibus, sedes partidarias, asociaciones y entidades deportivas, ONGs y fundaciones y asociaciones y entidades culturales.
Fecha de Inicio de Expediente: 01-11-2012
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: DELLAPITIMA Norma Susana
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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CULTURA, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL | 05-11-2012 | 08-10-2013 | Modificado |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 08-10-2013 | 28-03-2014 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 28-03-2014 | 28-03-2014 |
- El 30-11-2012 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 30-11-2012 a las 09:00
- El 28-03-2014 Caducidad Sesión Ordinaria del 28-03-2014 a las 09:00