Al Poder Ejecutivo, Ministerio de Salud, que vería con agrado se proceda a reglamentar la ley nº 4804 referida a que los establecimientos gastronómicos, tanto públicos como privados, no pueden ofrecer sal, en cualquier tipo de presentación, debiendo poner a disposición de los consumidores, que así lo requieran, sal común y sal dietética de bajo contenido de sodio.
Fecha de Inicio de Expediente: 08-05-2013
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: URIA Cristina Liliana - GONZALEZ Francisco Javier
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 10-05-2013 | 13-05-2013 | Favorable |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 13-05-2013 | 26-06-2013 | Al Archivo |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 26-06-2013 | 06-03-2015 |
- El 17-05-2013 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 17-05-2013 a las 09:00
- El 06-03-2015 Caducidad Sesión Ordinaria del 06-03-2015 a las 09:00