Prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no y/o fabricación autorizada.
Fecha de Inicio de Expediente: 28-11-2013
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: PESATTI Pedro Oscar
As.Of./Par. Particular Nº 1621/2013 PRESIDENTE DE LA CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE FUEGOS ARTIFICIALES, remite nota solicitando se suspenda el tratamiento del proyecto de ley nº 806/2013 que prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no y /o fabricación autorizada.
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 02-12-2013 | 06-03-2015 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 06-03-2015 | 06-03-2015 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 06-03-2015 | 06-03-2015 |
- El 29-11-2013 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 29-11-2013 a las 09:00
- El 06-03-2015 Caducidad Sesión Ordinaria del 06-03-2015 a las 09:00