ASOCIACION DE BANCOS PRIVADOS DE CAPITAL ARGENTINO, remite observaciones al proyecto de ley nº 780-13 aprobado en 1ª vuelta el 18/09/14, BI nº 47/14 establece que todo edificio donde funcionen organismos públicos, nacionales o provinciales, entidades bancarias, crediticias y financieras públicas o privadas habilitadas en la provincia, en los que clientes y usuarios deban permanecer en espera para ser atendidos, debe tener instalados baños con las comodidades mínimas para el aseo personal.
Fecha de Inicio de Expediente: 07-10-2014
Trámite parlamentario: Activo
Etapa del Expediente: Tratado
Observación al Proyecto Ley Nº 780/2013 Establece que todo edificio donde funcionen organismos públicos, nacionales o provinciales, entidades bancarias, crediticias y financieras públicas y/o privadas habilitadas en la provincia, en los que clientes y usuarios deban permanecer en espera para ser atendidos, tendrá instalados cuartos de baños.
Autor/es: y otros
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 14-10-2014 | 28-10-2014 | Otro |
- El 30-10-2014 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 30-10-2014 a las 09:00
- El 30-10-2014 Trat.Observació Expediente: Proyecto Ley Nº 780/2013