Establece que los comedores escolares y comunitarios, hospitales, programas de "copa de leche", instituciones sociales, educativas, penitenciarias, etcétera, de la provincia, deben adquirir frutas, verduras, leche, carnes, huevos, dulces, entre otros, a cooperativas de productores de capital nacional con domicilio en la provincia y a cámaras de pequeños y medianos productores, para la alimentación de niños, adolescentes y adultos que asistan a los mismos.
Fecha de Inicio de Expediente: 05-10-2015
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: OCAMPOS Jorge Armando - MENDIOROZ Bautista José - AGOSTINO Daniela Beatriz
Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
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ASUNTOS SOCIALES | 07-10-2015 | 07-04-2017 | |
PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 07-04-2017 | 07-04-2017 | |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 07-04-2017 | 07-04-2017 | |
PRESUPUESTO Y HACIENDA | 07-04-2017 | 07-04-2017 |
- El 15-10-2015 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 15-10-2015 a las 09:00
- El 07-04-2017 Caducidad Sesión Ordinaria del 07-04-2017 a las 09:00